ARTICULO 147 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL QUÉ DICE SOBRE LAS VACACIONES MEDIO AÑO Y LA SEMANA DE GESTION 2022

EL REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL QUE DICE SOBRE LAS VACACIONES MEDIO AÑO Y LA SEMANA DE GESTION 2022

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A continuación les compartimos EL REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL QUE DICE SOBRE LAS VACACIONES MEDIO AÑO Y LA SEMANA DE GESTION 2022

Sumilla: SOLICITAMOS APLICACIÓN DEL ARTÍCULO
147° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA
MAGISTERIAL.
SEÑOR DIRECTOR DE LA I.E.E. “………………………………………”
Los docentes firmantes de la institución educativa, acudimos a su
despacho, para expresar lo siguiente:
1. El artículo 147° del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, prescribe: 147.1 En las vacaciones escolares de medio año los profesores del Área de
Gestión Pedagógica desarrollan actividades propias de su responsabilidad en el trabajo educativo, SIN NECESIDAD DE ASISTIR A LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA. Sin embargo, en caso las instancias de gestión educativa descentralizada programen actividades que requieran de la asistencia del profesor, este se encuentra en la obligación de participar en las mismas, caso contrario se procederá con los descuentos correspondientes.
147.2 Los profesores de las otras áreas de desempeño laboral están obligados a asistir a la institución educativa. 2. Como se colige, el dispositivo legal en comento, faculta a los docentes desarrollar sus actividades sin asistencia a la institución educativa, salvo que la UGEL dentro de su plan
de trabajo anual haya programado actividad pedagógica alguna, y que el mismo se haya informado a inicio del año escolar a los docentes de la jurisdicción, que no es el caso.
3. Las vacaciones escolares de medio año están programadas del 25 de julio al 05 de agosto del año en curso, conforme a la R.M. N° 186-2020-MINEDU, norma que es de menor jerarquía que el decreto supremo, y por el principio de jerarquía de la norma a lo dispuesto en su artículo
51° de la Constitución Política del Estado, es de aplicación el artículo 147° del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.
4. Por ello, Señor Director, por el principio de legalidad, SOLICITAMOS LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 147° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA y por ser una norma favorable al trabajador conforme al artículo 26° de la Constitución.
Nombre y apellidos documento de identidad firma

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Web Oficial minedu.com

https://www.gob.pe/minedu